¿Qué podemos hacer si los acreedores llaman a terceros?

Las empresas prestamistas y microprestamistas de dinero y las de recobro de deudas, a fin de lograr su objetivo y recuperar las deudas fallidas, utilizan diferentes estrategias y técnicas para contactar con los deudores. En principio no supone infracción que utilicen medios lícitos para intentar localizar a los prestatarios en situación de impago. El problema viene dado cuando recaban datos de terceros ajenos, sin su consentimiento expreso y cuando divulgan los datos personales de sus clientes con esos terceros, incurriendo así en una infracción de la Ley Orgánica de Protección de Datos  y el Reglamento General de Protección de Datos.

En estos casos, a las personas afectadas les asiste el derecho a reclamar a fin de poner fin al tratamiento ilegítimo de sus datos. Lo que ocurre es que muy pocos conocen sus derechos y qué hacer cuando estos están siendo vulnerados. En tal sentido, se deben tomar medidas y/acciones que coadyuven a la eliminación de las infracciones de la normativa de protección de datos.

Como posibles soluciones y dentro del marco normativo vigente, tenemos las siguientes propuestas y recomendaciones a seguir por parte de los que consideren que sus derechos fundamentales en materia de protección de datos se encuentran afectados:

PRIMERA: Dirigirse al servicio de atención al cliente de la entidad.

SEGUNDA: Presentar denuncias ante las Autoridades de Consumo. 

TERCERA: Ejercitar los derechos ARCO ante el responsable del tratamiento de datos de la empresa infractora.

CUARTA: Interponer denuncias ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) contra las empresas divulgaron información personal y sobre la situación de impago de deudas. 

QUINTA: Poner denuncias en las Comisarías por presuntos delitos de acoso y/o amenazas

SEXTA: Presentar demandas por indemnización de daños y perjuicios

Si desea conocer más sobre la regulación de la normativa de protección de datos, no te pierdas el siguiente artículo.

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