Documentos necesarios para tramitar un Acuerdo Extrajudicial de Pagos

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA TRAMITAR UN ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS

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Dentro del procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad se encuentra la fase en la cual se intenta llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos a través de la mediación concursal. Esta fase requiere de ciertos documentos para poder tramitar el acuerdo extrajudicial de pagos.

La relación de documentos necesarios los podemos encontrar en la Orden JUS/2831/2015, de 17 de diciembre, por la que se aprueba el formulario para la solicitud del procedimiento para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos.

En la Orden se concreta el formulario normalizado, y de obligatorio cumplimiento, que se debe utilizar para poder acceder al procedimiento para intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos, ya sea ante notario, cámara de comercio, registro mercantil o cualquier otra institución competente para ello de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley Concursal.

La información que se debe facilitar se divide en tres apartados:

A) El primero de ellos se centra en la identificación personal, familiar y profesional del solicitante. Entre ellos, se solicita el nombre, identificación fiscal, domicilio, lugar de nacimiento, y si se tuviese cónyuge, pareja de hecho o hijos.

Toda la información facilitada, según la Orden, debe ser acreditada por los documentos que lo corroboren, tales como:

  1. DNI, NIE o pasaporte.
  2. Padrón.
  3. Certificado de nacimiento.
  4. Libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos.
  5. Capitulaciones matrimoniales.
  6. Contrato laboral o alta en el censo de empresarios.
  7. Certificado de rentas, y en su caso, certificado relativo a la presentación del Impuesto de Patrimonio, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, con relación a los últimos cuatro ejercicios tributarios.
  8. Últimas tres nóminas percibidas, presentación modelo 303 o, certificado de la pensión de jubilación.
  9. Certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones, en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo.
  10. Certificado acreditativo de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas y las entidades locales. En caso de trabajador por cuenta propia, si estuviera percibiendo la prestación por cese de actividad, el certificado expedido por el órgano gestor en el que figure la cuantía mensual percibida.
  11. Declaración responsable del deudor o deudores relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse situados en el umbral de exclusión según el modelo aprobado por la comisión constituida para el seguimiento del cumplimiento del Código de Buenas Prácticas, cuando la vivienda habitual del deudor se encuentra gravada con un derecho real de hipoteca.
  12. Si estuviera obligado a llevar contabilidad, las cuentas anuales correspondientes a los tres últimos ejercicios.

B) El segundo de los apartados lo compondría el inventariado de la totalidad de los bienes y derechos del solicitante. En este apartado se debe incorporar cualquier bien o derecho del que sea titular el aplicarte.

  1. Certificados expedidos por la entidad financiera de acciones, obligaciones, préstamos, cuentas corrientes, depósitos financieros, seguros, arrendamiento de bienes muebles.
  2. Certificados de dominio y cargas o gravámenes expedidos por el Registro de la Propiedad. Pudiendo servir la nota simple del inmueble.
  3. Anexo con la descripción de cada bien e identificación, tipo, número de matrícula o registro y fecha de adquisición.
  4. Cualquier documento acreditativo de la adquisición del bien o derecho que se aporte, ya sea por ley aplicable, donación, sucesión, tradición o prescripción.

C) El tercero, y último, apartado nos encontraríamos con un listado de acreedores, gracias al que podremos conocer los datos de la entidad acreedora y cuantía, de cara a evaluar la deuda en su conjunto.

  1. Respecto de los créditos que dispongan de hipoteca o garantías reales deberemos acompañarse original o copia autorizada de la escritura de constitución de las garantías o certificación registral de inscripción en el caso de la hipoteca.
  2. Contratos en vigor, contrato original o copia fehaciente del mismo

Con toda esta documentación se trata de proporcionar de la manera más certera posible los datos relativos a la situación económica del deudor, a fin de asegurar que el acuerdo extrajudicial de pagos refleje de la manera más exacta posible la realidad económica del mismo.

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