En principio no supone infracción que los acreedores utilicen medios lícitos para intentar localizar a los prestatarios en situación de impago. El problema viene dado cuando recaban datos de terceros ajenos, sin su consentimiento expreso y cuando divulgan los datos personales de sus clientes con esos terceros.
Posibles soluciones:
PRIMERA: Dirigirse al servicio de atención al cliente de la entidad.
SEGUNDA: Presentar denuncias ante las Autoridades de Consumo.
TERCERA: Ejercitar los derechos ARCO ante el responsable del tratamiento de datos de la empresa infractora.
CUARTA: Interponer denuncias ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) contra las empresas divulgaron información personal y sobre la situación de impago de deudas.
QUINTA: Poner denuncias en las Comisarías por presuntos delitos de acoso y/o amenazas
SEXTA: Presentar demandas por indemnización de daños y perjuicios
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