Una vez conseguida la exoneración (EPI concedida /EPI condicional), si los acreedores siguen reclamando la deuda o llamando al cliente, ¿Qué deben hacer?

Category: Atención al cliente

Una vez conseguida la exoneración (EPI concedida /EPI condicional), si los acreedores siguen reclamando la deuda o llamando al cliente, ¿Qué deben hacer?

Deben enviar un correo electrónico al acreedor con el Auto de exoneración, informando que la deuda ya no existe y solicitando la eliminación de sus datos, dado que ya no hay razón por la que el acreedor pueda tratar sus datos personales y contactarle.

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