Una vez conseguida la exoneración (EPI concedida /EPI condicional), ¿pueden los clientes pedir préstamos?

Category: Atención al cliente

Una vez conseguida la exoneración (EPI concedida /EPI condicional), ¿pueden los clientes pedir préstamos?

Si, pueden hacerlo. Se puede confirmar directamente desde atención al cliente y no es necesario informar al abogado de ello.

 

Probablemente, si se lo solicitan al mismo acreedor al que le han exonerado la deuda, al estar en su base de datos, existirá la posibilidad de que se lo denieguen al ser tan reciente (aunque no tiene porqué ocurrir). Probablemente, aquellos acreedores que no estén en la lista de los exonerados tendrán más probabilidades de concederle un nuevo préstamo.

 

Recomendaremos siempre que eviten volver a sobreendeudarse dado que no podrán volver a acogerse a esta ley en los siguientes 5 años.

 

Si el cliente solicita un préstamo en una entidad nueva y no se lo conceden, tiene que informarse de porqué, en el caso que sea por figurar en algún fichero de morosos deberá mandar el auto a dicho fichero.

Leave a Reply