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Atención al cliente
En el caso de otorgar poder especial de manera presencial, ¿puede el cliente hacerlo en otro juzgado distinto del concurso o tiene que ser obligatoriamente en el juzgado de lo mercantil?
El cliente podrá otorgar el apud acta en cualquier Juzgado. Siempre será preferible que el cliente descargue y nos envíe el apud acta electrónico (con certificado digital o DNI electrónico), salvo si el Juzgado nos ha requerido y nos da muy poco plazo para otorgarlo.