En el caso de otorgar poder especial de manera presencial, ¿puede el cliente hacerlo en otro juzgado distinto del concurso o tiene que ser obligatoriamente en el juzgado de lo mercantil?

Category: Atención al cliente

En el caso de otorgar poder especial de manera presencial, ¿puede el cliente hacerlo en otro juzgado distinto del concurso o tiene que ser obligatoriamente en el juzgado de lo mercantil?

El cliente podrá otorgar el apud acta en cualquier Juzgado. Siempre será preferible que el cliente descargue y nos envíe el apud acta electrónico (con certificado digital o DNI electrónico), salvo si el Juzgado nos ha requerido y nos da muy poco plazo para otorgarlo.

Leave a Reply