Cuando el cliente se exonera, ¿se exonera también el avalista?

Category: Atención al cliente

Cuando el cliente se exonera, ¿se exonera también el avalista?

No, en ningún caso. El avalista sólo se exonera si a su vez, se acoge a la LSO y cumple con todos los requisitos para ello.

 

Es por eso, por lo que, desde el primer asesoramiento informamos a los clientes que los avalistas deberán abonar en totalidad la deuda exonerada al cliente y se ofrece la opción de que se acojan a la LSO sí también se encuentran en situación de sobreendeudamiento.

 

Por tanto, si un cliente ya exonerado, llama para informar que están reclamando la deuda a una persona que le había avalado, hay que recordarle que es normal, pues al haber avalado, esa persona ha asumido la responsabilidad de que si él no paga, lo hará el avalista. Se podrá ofrecer la posibilidad de ofrecerle un asesoramiento para valorar la posibilidad de que el avalista se acoja a la LSO.

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