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Información general
En España, el régimen económico matrimonial que se aplica es la sociedad de gananciales, salvo en las siguientes CCAA:
- Islas Baleares
- Cataluña
En estas dos CCAA el régimen económico aplicable en defecto de pacto entre los cónyuges mediante capitulaciones matrimoniales, será el régimen de separación de bienes.
En Navarra se aplicará la sociedad legal de reconquista, que es muy similar a la sociedad de gananciales.
En País Vasco se aplicará la comunidad foral de bienes que consiste en que los bienes adquiridos durante el matrimonio tendrán que ser administrados conjuntamente.
En la Comunidad Valenciana dependerá del año en el que se ha celebrado el matrimonio:
- Hasta 30/06/2008: Régimen de gananciales
- Desde 01/07/2008 hasta 30/05/2016: Régimen de separación de bienes
- Desde 01/06/2016: Régimen de gananciales